Impuestos de ARBA a las billeteras virtuales: quiénes deben pagar y quiénes no
A partir del 1° de noviembre, unos 700 mil usuarios bonaerenses deberán afrontar una nueva retención sobre cobros en billeteras virtuales si están inscriptos en Ingresos Brutos.

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) implementará desde el 1° de noviembre una retención por Ingresos Brutos para quienes cobren usando el CVU de billeteras virtuales como Mercado Pago, Personal Pay, Prex o Lemon. Esta medida se aplica solo al grupo que ya está adherido al Régimen Simplificado de Ingresos Brutos, que abarca unos 1,3 millones de contribuyentes provinciales.
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Quiénes deberán pagar y quiénes quedan eximidos de los impuestos de ARBA
- Pagan la retención: contribuyentes de Ingresos Brutos que ya están inscriptos, que venden bienes o prestan servicios, y que reciben pagos mediante billeteras virtuales. Será similar al tratamiento aplicado a quienes cobran mediante cuentas bancarias.
- No la pagan: quienes no están inscriptos en Ingresos Brutos, es decir, quienes no realizan actividades comerciales ni de prestación de servicios. También quienes sólo hacen transferencias personales (por ejemplo, entre familiares o amigos) están eximidos.
¿Por qué lo implementan?
Según ARBA, la idea es igualar el tratamiento fiscal entre quienes usan bancos y quienes usan billeteras virtuales. Hasta ahora, quienes cobraban mediante cuentas bancarias estaban sujetos a retenciones, pero los que usaban billeteras virtuales no. ARBA sostiene que esta medida busca “ordenar el sistema y garantizar equidad”.
Cómo funcionará la percepción
- La retención se hará efectiva mediante el Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones de Cuentas de Pago (SIRCUPA).
- Será una retención a cuenta del impuesto Ingresos Brutos: eso significa que cuando el contribuyente presente su declaración jurada mensual, podrá descartar lo retenido.
- Si no se está inscripto como contribuyente de Ingresos Brutos, no hay percepción alguna.
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