Cambia el IVA en los supermercados: a quiénes se lo descontarán y a partir de qué monto
Las compras de hasta $10 millones en supermercados e hipermercados estarán excluidas del régimen de percepción de IVA.

En una decisión clave, ARCA, mediante la Resolución General 5710/2025, estableció que a partir del 1 de julio las compras en supermercados, hipermercados, minimercados y autoservicios por menos de $10 millones serán consideradas automáticamente como compradas por consumidor final. Con esta medida se brinda un alivio tributario y se simplifica la operatoria cotidiana en cajas. Conocé los detalles.
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En resumen, las compras menores a $10 millones ya no pagarán percepción de IVA, clarificando que no hace falta que el comprador acredite condición de responsable frente a AFIP para acceder al beneficio. La obligatoriedad del reconocimiento como consumidor final queda atrás si la transacción cabe en ese tope.
Beneficios claves de la medida:
- Simplificación administrativa: ya no hace falta chequear si el comprador es responsable registrado.
- Alivio al bolsillo: se elimina un recargo extra sobre productos esenciales.
- Agilidad en las cajas: reducida fiscalización del tipo de comprador.
¿A quiénes alcanza?
- Supermercados e hipermercados.
- Supermercados mayoristas.
- Minimercados y mercaditos.
- Autoservicios de barrios que vendan varios productos alimenticios.
El cambio también alinea el régimen de percepción con la actualización del régimen de facturación, que elevó el tope a $10 millones para identificar al comprador como consumidor final. Más claridad, sin excepciones ni complicaciones al hacer compras pequeñas.
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